Un grupo de analistas afirma que el tratado de la no proliferación de armas nucleares en el mundo puede ser utilizado para estancar el desarrollo de algunos países y promover el desarrollo en los países alineados al mundo occidental.
El análisis afirma que el desarrollo de la energía nuclear en algunos países es la mayor fuente de riqueza y lucha contra los problemas sociales, debido a que hace más accesible el suministro de energía a las poblaciones y por ende el desarrollo industrial se incremente por que la energía viene hacer más barata.
Imagen: Países firmantes del tratado o que lo ratifican (en verde), en rojo los países que no lo aprueban (India, Israel, Pakistán y Sudán del Sur) y sólo un país que se retiró del tratado (Corea del Norte, en ámbar). Por: Allstar86.
Este Tratado de No Proliferación Nuclear, conocido como: NPT, Nuclear Non-Proliferation Treaty, en inglés, es un tratado abierto a la firma el 1 de julio de 1968 que restringe la posesión de armas nucleares. La gran mayoría de los Estados soberanos (190) forman parte del tratado. Sólo a cinco Estados se les permite en el tratado la posesión de armas nucleares: los Estados Unidos (firmante en 1968), el Reino Unido (1968), Francia (1992), la Unión Soviética (1968, sustituida en la actualidad por Rusia), y la República Popular de China (1992). La condición especial de estos cinco países, llamados Estados Nuclearmente Armados (NWS o Nuclear Weapons States) se definió a partir de que eran los únicos estados que habían detonado un ensayo nuclear hasta 1967. Ellos son también los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
El tratado consta de unas normas a las cuales se deben someter los países firmantes, basadas en tres pilares fundamentales: la no-proliferación, el desarme y el uso pacífico de la energía nuclear.
Artículo I: los Estados Nuclearmente Armados (NWS) se comprometen a no transferir tecnología nuclear ni tecnología sobre armas nucleares a otros países, ni tampoco a asistir en el desarrollo de tales armas, bajo ninguna circunstancia.
Artículo II: los Estados No Nuclearmente Armados (NNWS) se comprometen a no tratar de desarrollar armas nucleares y por el artículo III a someterse al régimen de salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica (IAEA o International Atomic Energy Agency), el cuerpo regulador nuclear de Naciones Unidas.
Artículo III: establece el compromiso de todas las partes de «facilitar el más amplio intercambio posible (…) para los usos pacíficos de la energía nuclear.
Artículo IV: rescata el derecho inalienable de todos los estados a desarrollar la energía nuclear para fines pacíficos y en concordancia con los artículos I y II.
Artículo VI y el preámbulo indican que los Estados Nuclearmente Armados se comprometen de buena fe a iniciar negociaciones para la reducción y liquidación de sus arsenales nucleares. Después de más de 30 años, esto ha quedado tan sólo en una promesa. En el artículo I, los Estados Nuclearmente Armados declaran que «no inducirán a ningún Estado No Nuclearmente Armado… a adquirir armas nucleares». La doctrina del ataque preventivo así como otras posturas amenazantes pueden ser vistas como una inducción por las partes no nuclearizadas. El artículo X establece que cualquier estado puede retirarse del tratado si considera que existen eventos extraordinario, tales como una «percepción de amenaza», que les fuerzan a hacerlo así.
El inciso 1, se caracteriza en la prohibición del desarrollo de la energía nuclear al formular lo siguiente: “Los Estados Nuclearmente Armados (NWS) se comprometen a no transferir tecnología nuclear”, este punto en especial apunta a la represión del desarrollo de plantas de energía nuclear en países en vía de desarrollo y no se centra en la prohibición del desarrollo de las armas. Por otra parte, pareciera que el tratado fuese construido planificadamente para brindarle una supremacía a los países que ya poseían la Energía Nuclear y las armas provenientes de estas armas.
El inciso 2, por otra parte se centra en la prohibición del desarrollo de las armas Nucleares “los Estados No Nuclearmente Armados (NNWS) se comprometen a no tratar de desarrollar armas nucleares y por el artículo III a someterse al régimen de salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica (IAEA o International Atomic Energy Agency), el cuerpo regulador nuclear de Naciones Unidas”. Pero no se centra en la dejación de las armas por los estados que poseen un amplio arsenal Nuclear como EE.UU y RUSIA.
Los expertos concluyen que de no modificarse este tratado y llegar a un consenso a nivel internacional sobre el desarrollo de la Energía Nuclear con fines pacíficos, los estados más desarrollados como EE.UU y otras potencias nucleares, utilizaran esta regulación para obstaculizar el desarrollo en países subdesarrollados que quieren desarrollar esta fuente de energía para brindarle cobertura eléctrica a sus poblaciones.
Al igual, también plantea que estas restricciones lo que hacen es convertir a países en vía de desarrollo en Países “Demonios”, esdecir, países que quieren construir una infraestructura eléctrica pacífica y desvían esta contrición de redes eléctricas a armas Nucleares por miedo a una invasión, un ejemplo muy palpable es Corea del Norte, quien pudo haber invertido en redes eléctricas para erradicar la pobreza en todo su territorio, pero decidió gastar tiempo y recurso mejor en la perfección de esta energía en armas de destrucción masiva por miedo a una invasión extranjera.